Establecidos horarios para el funcionamiento de establecimientos de venta y consumo de licor

Mediante Decreto 00307 del 02 de agosto de 2022, la administración “Florencia, Biodiversidad Para Todos”, estableció toque de queda para menores de edad y el horario para el funcionamiento diurno y nocturno de los establecimientos de comercio que involucren el expendio o consumo de bebidas alcohólicas en el municipio de Florencia.

El nuevo Decreto regula la apertura y cierre de los establecimientos de comercio nocturnos y el toque de queda para los menores de 18 años, con el objetivo de mantener el orden público, la seguridad y la convivencia ciudadana en el Municipio de Florencia- Caquetá.

El cuerpo de del Decreto 00307, clasifica los establecimientos que se dedican a la venta y consumo de licor; venta sin consumo de licor; y, los establecimientos sin venta y sin consumo de licor. Asimismo, define los horarios de atención para estos establecimientos, los cuales deben cumplir con lo establecido en el Artículo 92 de la Ley 1801 de 2016 (Código Nacional de Policía y Convivencia Ciudadana).

El Decreto también ordena el toque de queda para los menores de edad a partir de las 9:00 de la noche hasta las 5:00 de la madrugada del día siguiente. Se exceptúan del toque de queda los estudiantes de educación formal que terminen actividades académicas después de la hora establecida en el presente Decreto, los cuales deberán estar debidamente identificados, a quienes se les otorga el lapso de tiempo que requieran para llegar a su sitio de residencia o domicilio.

DECRETO OFICIAL

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